Octavio     Fecha  8/09/2011 19:55 
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>6 de octubre de 1710 caja 15.708 foro de la Venta de Naraval

En la Tellera concejo de Tineo o seis días del mes de octubre de 1710 años ante mí escribano y testigos infrascritos parecieron presentes: Don Pedro García Sanfrechoso, ante mi García Avello, como patrono que es de la capellanía del Santo Triunfo de la Cruz y con el conjuntamente Alonso Antonio García, su hijo, capellán de capellanía; estos de una parte y de la otra Manuel Menéndez Asenjo vecino de la Villa de Luarca y dijeron que en la forma que mejor haya lugar de derecho el dicho capellán con beneplácito del dicho patrono, su padre, afora y da en foro en reparación por todos los días y vida de dicho capellán al dicho Manuel Menéndez Asenjo y a su mujer, hijos y herederos y sucesores que le afora La casa y venta de Naraval con sus caballerizas, entradas, salidas y casa de granja detrás de dicha venta y el hórreo delante de ella con todo los demás bienes que tocan y pertenecen a dicha venta de Naraval sin reserva alguna que por ser bien sabido y conocido no van aquí expresados todos los cuales dichos bienes le afora dicho capellán durante esos días y vida con las condiciones siguientes : lo primero que el dicho don Manuel Menéndez y sucesores le han de paga de renta y canon y pensión en cada una año dieciséis ducados de vellón en moneda corrientes y que la primera paga ha de ser para el día de San Martín que vendrá de 1711 y las demás pagas sucesivamente mientras viviere el dicho capellán y dichos bienes y venta y más a ella anejo los ha de tener bien obrados y reparados de todo lo necesario y para que vayan en aumento y no en disminución, ítem que no han de estar dos años y uno tras de otro sin pagar la dicha renta de foro pena perder derecho de el y se de por vaco y con calidad que mientras que dicho capellán no se ordenado está obligado a pagar 100 reales de vellón de misas de dicha capellanía y al cura que fue de San Frechoso, se entienden que estos 100 reales de vellón los ha de pagar al dicho cura de San Frechoso cada año el dicho Manuel Menéndez a cuenta de la dicha renta de foro y sacar recibo de dicho cura y entregar lo con la demás renta hasta el cumplimiento de dichos dieciséis ducados al dicho capellán para que de carta de pago final para guardar y su derecho y uno y otro se cumplirá pena de ejecución, décima, costas en cada uno de los plazos referidos y el dicho capellán durante sus días de su vida hacerlos ciertos, seguros todos los bienes arriba referidos y no se los quitar a… siendo testigos don Gregorio García Sanfrechoso, presbítero, y Francisco Sánchez de Villar, todos de este concejo, ante mi García Avello, éstas son las escrituras públicas que pasaron por mi testimonio este presente año de 1710 y en fe de ello, yo el dicho García Avello y Llano, escribano del nº de este dicho concejo de Tineo los firmo como acostumbro en dicho lugar de Miño, concejo de Tineo a postrero día del mes de diciembre de 1710 en testimonio de verdad García Avello

Aqui tienes el documento de tu antepasado. Espero te sirva de aclaracion.
Un saludo                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                
 

Respuestas (0)
 
  • Los Asenjo - Gustavo Martinez Asenjo - 18/07/2011 18:20
    • Re: Los Asenjo - Octavio - 8/09/2011 19:25
      • Escrito 1 - Octavio - 8/09/2011 19:55
      • » Escrito « - Octavio - 8/09/2011 19:55
      • Escrito - Octavio - 8/09/2011 19:54


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